martes, 17 de abril de 2012

HORAS DE TINIEBLAS


 CITTA 'DEL VATICANO
La respuesta de la Sociedad de San Pío X ha llegado en el Vaticano y es positivo: según la información recogida por el Concilio Vaticano informal de información privilegiada, el obispo Bernard Fellay habría firmado el preámbulo doctrinal que la Santa Sede había propuesto en septiembre pasado como condición para alcanzar la plena comunión y la regularización canónica.
Una confirmación oficial de la respuesta recibida debería tener lugar en las próximas horas. Por lo que se ha aprendido, el texto de la exposición de motivos enviada por Fellay propuesto algunas modificaciones no sustanciales con respecto a la versión entregada por las autoridades del Vaticano: como se recordará, la misma Comisión Ecclesia Dei no había querido hacer el documento (de [ sólo] dos, aunque complejas, páginas) público, precisamente porque se mantuvo la posibilidad de introducir eventuales modificaciones pequeñas que no, sin embargo, distorsionar su significado.
El preámbulo contiene, subtantially, la "Profesión de fe", la profesión de fe [nota Rorate 1] requiere de los que están a cargo de una posición eclesiástica. Y por lo tanto establece una "sumisión religiosa de la voluntad y el intelecto" tener en cuenta las enseñanzas que el Papa y el Colegio de los Obispos "enuncian cuando ejercen el Magisterio auténtico", aunque no sea proclamada y definida en un sentido dogmático, como en el caso de la mayor parte de los documentos magisteriales. La Santa Sede ha mencionado en repetidas ocasiones a sus socios en la Sociedad de San Pío X, que la firma del preámbulo doctrinal no significaría poner y al final "a la discusión legítima, el estudio y las explicaciones teológicas de las expresiones o formulaciones específicas presentes en los documentos de la Segunda El Concilio Vaticano ".
El texto de la exposición de motivos, con las modificaciones propuestas por Fellay, y firmados por él como superior de la Fraternidad San Pío X, será presentado a Benedicto XVI, que, al día siguiente de su cumpleaños número 85 y en vísperas de la séptima aniversario de su elección, recibe una respuesta positiva por parte de los lefebvrianos. Una respuesta largamente esperada y deseada por él, que, en las próximas semanas, pondrá fin a la herida se abrió en 1988 con las ordenaciones episcopales ilegítimas celebradas por el arzobispo Marcel Lefebvre.
No se descarta que la respuesta de Fellay ser examinado por los cardenales de la Congregación para la Doctrina de la Fe, en la próxima "Feria Quarta" [miércoles] reunión, que debería tener lugar en la primera quincena de mayo. Mientras tanto, algunas semanas más se necesita para que un acuerdo canónico se puede establecer: la propuesta más probable es la de establecer una "prelatura personal", una figura jurídica introducida en el Código de Derecho Canónico en 1983 [nota Rorate 2] y hasta ahora utilizado sólo por el Opus Dei. El prelado depende directamente de la Santa Sede. La Sociedad de San Pío X continuará para celebrar la Misa según el Misal antiguo, y para formar a sus sacerdotes en sus seminarios. [ Fuente, en italiano ]
Rorate Nota 1: La profesión de fe, motu proprio Ad tuendam fidem, y la FCD comentario doctrinal (1998)
Rorate Nota 2: en realidad menciona por primera vez en un texto eclesial oficial en el n muy relevante. 10 del Decreto sobre el ministerio y vida de los presbíteros del Concilio Vaticano II, Presbyterorum ordinis: "las normas actuales de incardinación y excardinación debe ser revisada que, si bien esta institución antiguo todavía se mantiene intacta, que corresponderá mejor a las necesidades pastorales de hoy. Cuando un espíritu apostólico real que requiere, no sólo una mejor distribución de los sacerdotes se produjo, pero también se debe favorecer esas obras pastorales particulares que sean necesarias en cualquier región o país en cualquier lugar de la tierra. Para lograr este propósito se debe configurar seminarios internacionales, especiales diócesis o prelaturas personales (vicariatos), y así sucesivamente, a través de la cual, de acuerdo con sus Estatutos particulares y siempre guardando el derecho de los obispos, los sacerdotes pueden ser entrenados e incardinado por el bien de toda la Iglesia.

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