viernes, 24 de febrero de 2012

MONS. RICHARD WILLIAMSON ABSUELTO: LA CORTE ALEMANA DESECHÓ EL CARGO DE “NEGACIÓN DEL HOLOCAUSTO”

viernes 24 de febrero de 2012

Tomado del diario Pregón de la plata


El juzgado regional de Nuremburgo, Alemania, dejó sin efecto una sentencia contra el obispo británico Mons. Richard Williamson por “negar el Holocausto”.
SENTENCIA ANULADA
En julio de 2011 un juzgado local condenó a Williamson a pagar 6500 euros por sus opiniones. El matutino DIE WELT explica que los jueces de Nuremburgo anularon la sentencia por fallos de procedimiento. Sin embargo, dejaron la puerta abierta a nuevas acusaciones contra Williamson.
El tribunal de Nuremberg dictaminó que hubo "irremediables problemas de procedimiento" en el caso seguido contra de Richard Williamson, quien había sido condenado a abonar una multa de € 6,500 ($ 8,600 dólares estadounidenses) en julio de 2011 por negar hechos clave del genocidio nazi.
"El fiscal tiene ahora la posibilidad de presentar cargos sobre la base de los mismos hechos del caso", dijo el tribunal en un comunicado.
El Tribunal Regional Superior de Nuremberg el miércoles 22 de febrero de 2012 rechazó la condena del obispo británico Richard Williamson, de 71 años, debido a que el tribunal inferior no se pronunció acerca de cuándo y cómo los comentarios fueron ofensivos los comentarios transmitidos. Una nueva acusación se espera esté lista en cinco semanas.
UN PRECEDENTE
Tribunal Constitucional de Alemania ha fallado a favor de un nazi que niega el Holocausto en el pub de su vecindario, porque lo hizo "como parte de un intento de argumentar" que Alemania no fue el agresor en la Segunda Guerra Mundial.
En un fallo, que el Tribunal Constitucional Federal dictó en noviembre de 2011, el mismo anuló los cargos de incitación al odio a un acusado no identificado de 80 años que compartió material impreso en el cual calificó al “Holocausto” como "una mentira deliberada." El tribunal dictaminó que el acusado estaba protegido por las leyes sobre "la libertad de expresión", ya que había compartido sus puntos de vista en privado con el propietario de un bar que frecuentaba.
La sentencia, dictada en noviembre de 2011, difundida el jueves 23 de febrero de 2012, se debe a un caso presentado en el oriental estado alemán de Turingia, donde un hombre de 82 años de edad, entró en un pub y comenzó a quejarse de un documental sobre la Segunda Guerra Mundial que se estaba ejecutando en la un televisor de allí. Puso en duda lo que él llamó las "mentiras" sobre los orígenes de la guerra, y cuestionó el papel que desempeñaron los judíos en la posterior alteración de los registros históricos.
El hombre regresó dos días más tarde, comenzó otra discusión, y entregó a los propietarios varios panfletos neonazis. Uno de ellos, titulado "La mentira histórica del llamado ataque a Polonia en 1939," afirmando que no hubo cámaras de gas usadas en el Tercer Reich.
El propietario mantuvo los panfletos y más adelante presentó cargos contra el hombre, quien fue declarado culpable de crimen de odio a través de la difusión de la literatura en dos cortes Turingia, en junio de 2006 y abril de 2007. El hombre -que sostuvo que su libertad de expresión había sido violada - presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional, el cual falló a su favor.
De este modo, el máximo Tribunal de Alemania, con sede en la ciudad occidental de Karlsruhe, dijo que los argumentos del hombre forman parte de la libertad de expresión, y por lo tanto estaban protegidos por el artículo quinto de la Constitución alemana. El fallo también dijo que el hombre, a quien un juez calificó diciendo que "aún hoy en día es un celoso defensor de la ideología nacional-socialista y contrario a la falsificación histórica", no había cometido los crímenes de odio, porque él había sólo había entregado la literatura a la otra persona.
"Incluso la difusión de las ideas del nacionalsocialismo como un cuestionamiento radical del statu quo" no se encuentra necesariamente fuera de la protección del artículo cinco, dijo el tribunal.
La negación del Holocausto sigue siendo ilegal en Alemania, destacó el tribunal, sosteniendo que el Holocausto era "un hecho históricamente probado que normalmente no está bajo la protección de la libertad de expresión".
Sin embargo, el tribunal decidió que ese no era el punto decisivo de los argumentos del hombre. Él simplemente estaba utilizando la negación como un "intento de introducción a una explicación" para negar la culpabilidad de Alemania en general en el desencadenamiento de la Segunda Guerra Mundial.
Algunos críticos ven la ley de Alemania sobre la negación del Holocausto como una amenaza a la libertad de expresión, pero el tribunal dice expresamente que esta decisión no afecta en nada esa ley.
ANTECEDENTES DEL CASO
Los cargos contra Mons. Williamson derivaron de una entrevista que concediera en 2008 a la emisora ​​sueca SVT.
Tras la entrevista, fue filmado sin ser informado que estaba siendo registrada su imagen y su voz, en una declaración privada, y en la cual explícitamente solicitó que además sus declaraciones no fuesen difundidas, dadas las leyes represivas alemanas en la materia que prohíben realizar tales afirmaciones en público.
En esa situación, Mons. Williamson calificó como "mentiras, mentiras, mentiras" a la afirmación del supuesto asesinato de 6 millones de judíos en cámaras de gas durante el Holocausto.
Williamson, quien es ciudadano británico y miembro de Fraternidad Sacerdotal San Pío X,  también insistió en que no más de 300.000 judíos europeos fueron asesinados en total. Él concedió en 2008 la entrevista, en Regensburg, Alemania, y la misma fue transmitida por la televisión sueca y también estaba disponible en Internet. Es decir, no hubo difusión pública en Alemania, sino eventualmente por un medio globalizado como es Internet, cuya difusión no es específica de dicho país.
¿MULTA A LA VERACIDAD CIENTÍFICA?
En 2010, el tribunal de Regensburg declaró a Mons. Williamson culpable de incitación al odio, y le impuso una multa de $ 14,000, una suma que se redujo a alrededor de $ 9.000 en apelación en julio de 2011. Pero el tribunal no cumplió con los prerequisitos formales para la acusación, dictaminó el Tribunal Superior, dijo el miércoles 22 de febrero de 2012.
Mientras tanto, el Tribunal levantó la condena por la “negación del Holocausto” a Mons. Williamson. El tribunal calificó "irremediables problemas de procedimiento" a su decisión de eliminar una multa de € 6500 (8.600 dólares) impuesta a Williamson en julio de 2011.
"El fiscal tiene ahora la posibilidad de presentar cargos sobre la base de los mismos hechos del caso", dictaminó el tribunal. Un portavoz de la fiscalía dijo a la agencia de noticias AFP que tenían la intención de presentar nuevos cargos "lo más rápidamente posible", y agregó que esto podría suceder en los próximos cinco semanas.
El obispo británico de 71 años de edad, dijo a la televisión de Suecia en 2008 que no más de "200.000 a 300.000 judíos perecieron en los campos de concentración nazis", y negó la existencia de cámaras de gas. La entrevista fue concedida en suelo alemán, en las circunstancias antes referidas.
La corte hizo hincapié en que su decisión no significaba que las acciones de Williamson no eran ilegales, aclarando que los vicios de procedimiento obligaron a anular el caso.
Un portavoz de la fiscalía dijo a la agencia de noticias AFP que efectivamente la intención de presentar nuevos cargos "lo más rápidamente posible", y agregó que esto podría suceder en alrededor de cinco semanas.
INTERNET SUECA
La entrevista se dio en una ciudad en Alemania, donde es ilegal negar que los nazis asesinaron a seis millones de judíos durante la Segunda Guerra Mundial.
La difusión de los dichos de Mons. Williamson fue realizada desde fuera de Alemania y por Internet, que no es un medio propio de Alemania, ni es controlado por dicho país. Como dicen muchos respecto de la TV: “a quien no le gusta, que no lo vea”.
¿La cuenta por la cual fue subido el video, era de Alemania o de otro país? ¿Puede internacionalizarse la justicia alemana en un caso semejante?
¿No ha cambiado la valoración de los dichos de Mons. Richard Williamson, tras el referido precedente del neonazi que distribuyó material en el pub alemán, a quien la Corte de dicho país reconoció el derecho de libertad de expresión?
¿Puede ser condenada judicialmente o legalmente la corriente del científico Revisionismo Histórico aplicado a Alemania?
WILLIAMSON Y BENEDICTO XVI
Williamson, también llegó a los titulares en 2009 cuando el Papa Benedicto XVI revocó la excomunión en un intento por superar una ruptura con la organización.
Habiendo sido grabada durante el año 2008 la entrevista, casi simultáneamente con el levantamiento de las excomuniones fue difundida la entrevista, en lo que se supone podría ser una maniobra mediática premeditada.
Benedicto XVI dijo más tarde que él no hubiera tomado esa medida, si hubiera sabido de puntos de vista de Williamson sobre “el Holocausto”. El Supremo Tribunal de Alemania ahora afirma que la difusión del pensamiento no es delito…
Y entonces, quedan flotando ciertas preguntas: ¿Cambiará de opinión Benedicto XVI, en esta materia en todo lo que tiene de opinable, dado que la Justicia de Alemania deja la puerta abierta para reconocer el Revisionismo Histórico como postura científica válida, a la vez que efectivamente se refiere a la libertad de expresión en la materia? ¿Qué tiene que ver el Catolicismo con una inexacta cifra de muertos en un genocidio, que además no son católicos, como para negar el levantamiento de la excomunión a Mons. Williamson? ¿Acaso una matanza de 200 o 300 mil personas no es un genocidio? ¿Acaso Mons. Williamson negó las condenas de los Papas al régimen nazi, para merecer ser excluido del levantamiento de las excomuniones?
Fuentes:
Radio Nederland

lunes, 20 de febrero de 2012

EN COMUNIÓN CON EL HERÉTICO VATICANO2 , O CON LA SANTA IGLESIA CATÓLICA

La decisión sobre la Fraternidad de San Pío X se hará antes del verano?    

( ¿La plena comunión será con el Vaticano2 ?, que no es lo mismo, que estar en comunión con la verdadera Iglesia   una y Santa)
Antoine Marie Izoard, I.MEDIA Agencia

Roma, 20 de febrero 2012 (APIC) El retorno a la plena comunión con la Iglesia católica de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X (SSPX) está "en manos del Papa", han confiado I.MEDIA, 20 de febrero 2012, dijeron fuentes familiarizadas con el asunto. Mientras que la fase de discusión con los lefebvrianos terminó, Benedicto XVI en breve emitiría una sentencia definitiva para poner fin  "antes del verano" a las discusiones en curso con la Sociedad desde el año 2009 con  Roma.


Fraternidad Sacerdotal de San Pío X El Superior General Bernard Fellay (Foto: La Puerta de América) Fraternidad Sacerdotal de San Pío X El Superior General Bernard Fellay (Foto: La Puerta de América)
"Ampliar
Después de estudiar la respuesta de la Fraternidad de San Pío X "preámbulo doctrinal" que se presentó a mediados de septiembre de 2011, la Congregación para la Doctrina de la Fe está a la espera de la decisión de Benedicto XVI. "La fase de estudio y discusión ha terminado y llegamos a las decisiones", dice y lo hará  el Vaticano, afirmando que "todo está ahora en manos del  papa que se expresará una opinión definitiva."
17 de febrero, el cardenal Frenc .

Perdónanos Nuestras Deudas... ¡No Sólo Ofensas!

Tomado de: La puerta angosta



Perdónanos Nuestras Deudas... ¡No Sólo Ofensas!

La Doctrina de Siempre nos enseña que no basta decir "Ofensas" donde, sapientísimamente, nuestro mísmísimo Divino Redentor propuso "Deudas" (Mateo 6, 12). Cambiar la Palabra de Dios; y aún más, osadamente, cuando esta misma Palabra es la mandada para ser repetida en cada oración al Padre: ¡Es cosa del Anticristo!

Pero ningún poder del Demonio prevalecer puede contra la Palabra Eterna. Cristo nos lo prometió:

"El cielo y la tierra pasarán, mas mis Palabras no pasarán" (Mt. 24, 35)

Por eso mismo, presentamos aquí un pequeño extracto del Catecismo del P. Francisco Amado Pouget (Doctor de la Sorbona y Abad de Chambon), del año 1702; como ejemplo de la necesidad exegética, teológica, dogmática, y religiosa en general, del concepto "DEUDAS" ("Deudas" y "Deudores") que se nos obliga a tener, siempre presente, en la Oración Dominical.



Petición 5ª:
"Perdónanos nuestras deudas así como nosotros perdonamos a nuestros deudores"

¿Qué pedimos á Dios por estas palabras "Perdónanos nuestras deudas así como nosotros perdonamos a nuestros deudores" (Mt. 6, 12)?

1º Que se digne perdonar nuestros pecados, así como nosotros perdonamos las ofensas que hemos recibido.

2º Que nos trate con misericordia, en orden a lo que le debemos, así como nosotros tratamos con misericordia a nuestros deudores.

Explicación: Ved aquí lo que dice, sobre esto, San Agustín; cuyas palabras son de gran enseñanza:

"Es cierto, por la Sagrada Escritura, que por la palabra deuda, en la quinta petición de la Oración Dominical, deben entenderse los pecados; con que no son precisamente las deudas de dinero las que somos excitados a perdonar a nuestros deudores por estas palabras ("perdónanos nuestras deudas así como nosotros perdonamos a nuestros deudores"), sino, generalmente, todas las faltas que han cometido contra nosotros. Hay, antes, en el Sermón de Jesucristo sobre el Monte, otro pasaje en que se habla del perdón que debemos hacer del dinero que nos deben. Este pasaje es aquel en que dice: "Si alguno quiere quitaros vuestra ropa y demandaros en juicio, dejadle también vuestra capa" (Mt. 6, 40). Y aun allí mismo, no se dice que es necesario perdonar absolutamente a todos nuestros deudores el dinero que nos deben; sino solamente a los que rehusan devolverlo, y lo rehusan hasta querer litigarlo en justicia; porque, como dice el Apóstol, "el siervo de Dios no debe litigar" (2 Tim. 2, 24). Así se debe perdonar a un deudor su deuda cuando no quiere absolutamente pagarla. En efecto, no hay más que dos razones que puedan determinarlo a negar la paga, que son: a) o porque no tiene de qué pagar o b) porque es avariento, y quiere retener el bien de otro. Pues en uno y otro caso está en la indigencia, pecuniaria ó espiritual. Así el que en este caso no pide en justicia la paga de su deuda, perdona una deuda a un necesitado, y ejecuta una acción cristiana; pero en esto debemos atenernos a la regla que nos enseña que, basta tener el corazón dispuesto a perder lo que nos deben: porque el que usa con moderación de todos los medios legítimos para hacerse pagar, no atendiendo tanto al dinero que le debe volver, como a la corrección de su prójimo, que se pierde por la retención injusta y voluntaria del bien de otro que puede restituir; no sólo no es malo este modo de proceder, sino que es también provechoso para aquel contra quien se procede: Porque por este medio le impedís su perdición en aprovecharse del bien de otro. De aquí se sigue que estas palabras de la quinta petición: "Perdónanos nuestras deudas" no deben entenderse precisamente del dinero, sino generalmente de todas las faltas cometidas contra nosotros, y por consiguiente del dinero mismo: porque el que pudiendo pagaros el dinero que os debe no lo hace, os ofende; y si no perdonáis esta ofensa, no podréis decir: "Perdónanos, como nosotros perdonamos"; y si la perdonáis, veis que Jesucristo, inspirándonos esta oración, nos advierte que perdonemos también en la ocasión el dinero que nos deben". (S. Agustín, "Serm. de J.C. sobre la Mont"., c. 8) 

¿Por qué en esta petición se explican los pecados por el nombre de deudas?

Porque nos hacen deudores a la justicia de Dios, y son siempre castigados en esta vida o en la otra. Son castigados en esta vida por los azotes temporales que Dios nos envía, por las enfermedades, las aflicciones, los reveses de la fortuna, las adversidades, las contradicciones, o por las penitencias voluntarias de los pecadores.
Son castigados en la otra vida, o temporalmente en el Purgatorio, o eternamente en los Infiernos. Eternamente, si son pecados mortales, que no han sido perdonadas en esta vida; temporalmente, si son pecados veniales, y aun mortales, que han sido perdonados en esta vida, pero que no han sido purgados suficientemente por la penitencia."


P. Francisco Amado Pouget, Catecismo, 1702

domingo, 19 de febrero de 2012

famoso accidente del albañil gallego

El famoso accidente del albañil gallego




Accidente de Trabajo
Explicación de un albañil gallego a la compañía aseguradora que no comprendía, debido a la naturaleza de sus lesiones, cómo podría haber ocurrido el accidente.

Este es un caso verídico cuya trascripción fue obtenida de una copia de archivo de la aseguradora.

El caso fue Juzgado por el Tribunal de Primera instancia de Pontevedra.

Estimados señores:

En respuesta a su pedido de informaciones adicionales declaro: en el item nº 1 sobre mi participación en los acontecimientos, mencioné: "tratando de ejecutar la tarea y sin ayuda", como la causa de mi accidente. Me piden en su carta que dé una declaración más detallada, por lo que espero que lo que sigue aclare de una vez por todas sus dudas.

Soy albañil desde hace 10 años. El día del accidente estaba trabajando sin ayuda, colocando los ladrillos en una pared del sexto piso del edificio en construcción en esta ciudad. Finalizadas mis tareas, verifiqué que habían sobrado aproximadamente 250 kilos de ladrillo. En vez de cargarlos hasta la planta baja a mano, decidí colocarlos en un barril, y bajarlos, con ayuda de una roldana que felizmente se hallaba fijada en una viga en el techo del sexto piso.

Bajé hasta la planta baja, até el barril con una soga y, con la ayuda de la roldana, lo levanté hasta el sexto piso, atando el extremo de la soga en una columna de la planta baja. Luego, subí y cargué los ladrillos en el barril. Volví a la planta baja, desaté la soga, y la agarré con fuerza de modo que los 250 kilos de ladrillos bajasen suavemente (debo indicar que en el item 1 de mi declaración a la policía he indicado que mi peso corporal es de 80 kilos). Sorpresivamente, mis pies se separaron del suelo y comencé ascender rápidamente, arrastrado por la soga. Debido al susto, perdí mi presencia de espíritu e irreflexivamente me aferré más aún a la soga, mientras ascendía a gran velocidad. En las proximidades del tercer piso me encontré con el barril que bajaba a una velocidad aproximadamente similar a la de mi subida, y me fue imposible evitar el choque. Creo que allí se produjo la fractura de cráneo.

Continué subiendo hasta que mis dedos se engancharon dentro de la roldana, lo que provocó la detención de mi subida y también las quebraduras múltiples de los dedos y de la muñeca. A esta altura (de los acontecimientos) ya había recuperado mi presencia de espíritu y, pese a los dolores, continué aferrado a la cuerda. Fue en ese instante que el barril chocó contra el piso, su fondo se partió, y los ladrillos se desparramaron.

Sin ladrillos, el barril pesaba aproximadamente 25 kilos. Debido a un principio simplismo comencé a descender rápidamente hacia la planta baja. Aproximadamente al pasar por el tercer piso me encontré con el barril vacío que subía. En el choque que sobrevino estoy casi seguro se produjeron las fracturas de tobillos y de la nariz. Este choque felizmente disminuyó la velocidad de mi caída, de manera que cuando aterricé sobre la montaña de ladrillos solo me quebré tres vértebras.

Lamento sin embargo informar que, cuando me encontraba caído encima de los ladrillos, con dolores insoportables, poder moverme y viendo encima de mí el barril, perdí nuevamente mi presencia de espíritu y solté la soga. Debido a que el barril pesaba más que la cuerda, descendió rápidamente y cayó sobre mis piernas, quebrándome las dos tibias.

Esperando haber aclarado definitivamente las causas y desarrollo de los acontecimientos, me despido atentamente.

CAMBIOS EN LA GEOGRAFÍA CARDENALICIA CON NUEVOS PURPURADOS

                      Benedicto XVI nombra a 22 nuevos cardenales

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Benedicto XVI nombra a 22 nuevos cardenales


Benedicto XVI nombró hoy a 22 nuevos cardenales. Foto: Especial.
Benedicto XVI “creó” hoy 22 nuevos cardenales de la Iglesia católica durante el cuarto Consistorio de su pontificado y con ello cambió la geografía del Colegio de Cardenales, en posibilidad de elegir futuro Papa.
Con la elevación al rango de “príncipes de la Iglesia”, que tuvo lugar este día en la Basílica de San Pedro del Vaticano, la cifra de purpurados en vida alcanzó los 214, de los cuales 125 son considerados “electores” por contar con menos de 80 años.
Es decir que esa cantidad tendría derecho a entrar a un hipotético Cónclave para elegir sucesor de Joseph Ratzinger, mientras los restantes 89 superaron ya la edad y por ello quedarían afuera de una posible asamblea electoral.
Tras la ceremonia de este día y por primera vez en los últimos años los cardenales electores designados por Benedicto XVI, 63 en total, superan en número a los creados por Juan Pablo II, unos 62.
El peso de los electores del período de Ratzinger está destinado a aumentar porque de los 62 nombrados por Wojtyla, unos 10 superaran los 80 años antes que termine 2012 y por ello perderán su derecho al voto.
El Consistorio de este sábado fue eminentemente europeo ya que, de los 22 nuevos cardenales, unos 16 son originarios de esa región mientras apenas cuatro representan al Continente Americano y sólo dos al Asiático.
Así las cosas los 214 miembros del Colegio Cardenalicio proceden de 71 países y su distribución geográfica quedó de la siguiente manera: Europa tiene 119 ; Norteamérica (Estados Unidos y Canadá) cuenta con 21; América Latina, 32; África, 17; Asia, 20 y Oceanía, cuatro.
La elección de los cardenales es un privilegio único del Papa en turno y la Iglesia católica no utiliza el sistema democrático o de representación para la distribución de los purpurados.
Pese a concentrar casi la mitad de fieles católicos del mundo América Latina apenas cuenta con 32 “príncipes de la Iglesia”, siendo Brasil el país con mayor número de ellos (10), seguido por México (cuatro), Argentina (cuatro), Colombia y Chile (dos respectivamente).
Asimismo cuentan con un purpurado cada uno de los siguientes países: Venezuela, Honduras, Guatemala, República Dominicana, Cuba, Perú, Bolivia, Ecuador, Nicaragua y Puerto Rico.

viernes, 10 de febrero de 2012

SANTA SCOLASTICA

Raccogliere del giorno: Santa Scolastica

Santa Scolastica
Vergine

Il mio cuore ha detto una buona parola: parlo le mie parole al re.
(Da l'introito della Messa del giorno, Ps. 44. 2)

Raccogliere del Giorno

D EUS, qui animam beátæ Tuae Scholásticæ Virginis, ad ostendéndam innocéntiæ viam, in Caelum specie columbae penetrerà fecisti: da nobis, et ejus précibus Meritis, ita innocénter vivere, ut ad Aeterna mereámur gaudia perveníre. Per Dominum ...

miércoles, 8 de febrero de 2012

RAZONES PARA NO SER UN K

copiado de Cabildo
ALGUNAS RAZONESPOR LAS CUALES NO SE DEBE SER UN K

RAZONESRELIGIOSAS
  
La primera, y la más elevada de las causas, ha de ser la abiertadesobediencia a Dios y la Santa Madre Iglesia. Un régimen que se manifiestacomo “adversio ad Deum et conversio ad creaturam” esabiertamente pecaminoso, pretendiendo igualar la figura de un soberano humanocon la sempiterna Soberanía Divina.
  
Para un régimen que todo lo justifica, la existencia de unamoral evangélica es un obstáculo para perpetuar sus más terribles fechorías.
  
No quisiera dejar de mencionar un punto capital: es el temorservil de un sector de la Iglesia. No puede comprenderse cómo algunossacerdotes y fieles cristianos suscriben crédulamente este modelo. Porconservar unas mínimas seguridades que les brinda el despotismo K, locontemplan farisaicamente. Otorgando exequias fúnebres al mismo Diablo yrecreando imágenes dantescas, alguna vez presagiadas por Hugo Wast en su novela“666”.
  
RAZONES ECONÓMICASY POLÍTICAS
  
Como una ineludible consecuencia de lo antedicho, la economía yla política se constituyen en los brazos de este rencoroso Leviatán. Como enseñael apotegma: “se presume de lo que, verdaderamente, se adolece”.
  
Desde allí, comprendemos la perentoria necesidad de este régimende incurrir permanentemente en declamaciones por cadena nacional. Todo es pura filfa. “Demagogia y acobrar”, debería ser el lema de su próximo spotpublicitario.
  
Y a toda clase de desparramos, nos hemos ido acostumbrando, unotras otro, sin alzar nuestras voces. Basta abrir, cotidianamente, las páginasde cualquier matutino para enterarnos nuevamente de las inmundicias que brotande sus corazones.

  
RAZONESEDUCATIVAS
  
Entre ellas, la más grave de todas: enseñar que la ilicitud esmedio para alcanzar la justicia. Toma de escuelas (con padres avalando lasmismas); aberrantes explicaciones de “género”(manual de por medio); sistemas educativos que regalan diplomas por el merohecho de no haber aprobado ni siquiera “recreo”. ¿Debo seguir? Tener quehacerlo me resulta realmente vergonzoso. En fin, se regalan planes tecnológicosy computadoras pero jamás una verdadera educación que permita la promoción dela persona humana. Con lo cual, se demuestra una vez más la vacuidad y falaciade lo que, en adelante, optaré por llamar “derechos inhumanos”.
  
RAZONESSOCIALES
  
Hemos escuchado, por allí, algunas opiniones que se referían ala inconsecuencia de este “democrático sistema”. Pues, para nosotros, resultaclaramente lineal y consecuente. El objetivo es reinstaurar “la patriasocialista”. Por eso la proliferación de vagos y malentretenidos. No negamos la pobreza, a la cual, este régimen continuacontribuyendo bastamente. Pero decimos que la misma se supera lejos de losineficaces subsidios pagados con las arcas del Estado.
  
La pobreza que nos rodea no se corrige castigando a los quetrabajan para la construcción de una Nación. Empero, el resentimiento, del queha dado basta muestra el “modelo K”, conduce a la aniquilación total de laclase media trabajadora. ¿No resulta clara la dialéctica destructiva? Deborecordar aquí la legitimación de las uniones homosexuales, u signo diáfano dela decrepitud social instalada. Se destruye la familia, luego vitoreemos, así,al “Padre Estado”.
  
CONCLUSIÓN
  
Seguramente a algunos se les ocurrirán otras muchas razones,hasta continuar y hacer de este simple artículo una gran novela apocalíptica.Mas no es nuestra intención, simplemente pretendemos contribuir al conocimientodel recto criterio.
  
Repitamos que la moral evangélica representa un serio obstáculofrente al proyecto de estos infames. De allí el afán de embestirla convirulencia. Funcionales a tales objetivos, los “K” no han tenido prurito algunoen otorgar personerías jurídicas a multitud de cultos de trasnochados, llevandoasí la cifra a números exorbitantes.
  
En fin, y para ir concluyendo, añádase lo que guste a esteextenso listado. La hipocresía de este “modelo” es tan grande que, por donde selo vea, allí existe una puerta al pecado. Qué proféticas resultaron laspalabras de Dostoievski, en su novela “Los demonios”,cuando decía: “¿Con qué fin se cometieron tantos asesinatos, tantos desmanesy tantas atrocidades?… Con el de socavar sistemáticamente los cimientos delEstado, a fin de destruir sistemáticamente la sociedad y todos sus principios,desmoralizar a todo el mundo y convertirlo todo en un revoltijo, tomar lasriendas de una sociedad tambaleante, enfermiza y deprimida, cínica e incrédula,aunque sedienta y ávida de subsistir y de poseer una idea rectora, enarbolandola bandera de la rebelión y apoyándose en toda una red de quintetos, los cualesoperaban, reclutando prosélitos, recurrían prácticamente a todos losprocedimientos y buscaban todas las fisuras que pudieran ser aprovechadas”.
  
Nuevamente, la profecía se hace realidad.
  
Octavio Guzzi